Acta integra del juicio.
ACTA DE LA SESIÓN DEL JUCIO ORAL CELEBRADO EN LA SEDE DEL
JUZGADO DE PAZ DE BIELSA EL JUEVES 07/02/2013.
Su
Señoría, D. ANGEL LUIS ESCALONA, Juez de Paz sustituto, inicia la sesión dando la
bienvenida a todos los presentes y rogando al gran número de público asistente
en la Sala, que no alborote y deje de increpar al acusado, puesto que, mientras
que no se demuestre lo contrario, es inocente de todo cargo.
En presencia del Acusado: D. CORNELIO ZORRILLA CARNABAL; de su Abogado Defensor: D. JOSE ANGEL
RODRIGUEZ DUESO, y su ayudante adjunta: Dª MONTSERRAT ANDRES IBÁÑEZ; del Ministerio Fiscal: D. JOSE Mª DE
MUR CAZCARRA, Fiscal jefe, y D. ANGEL GISTAU FERRER, Fiscal Adjunto; y Constituido en la Sala el Jurado Popular,
por los vecinos: D. FLORENTINO SAMPIETRO BADIAS, D. LUIS ANGEL EGEA GALAN, D. JOSE
LORENZO GISTAU FRECHIN, y D. JOSE Mª MELIZ LOPEZ; Su
Señoría ordena a continuación a D. DON MARIO DIAZ BIELSA, quien actúa de
Secretario en la causa, que relate
las DENUNCIAS y ACUSACIONES presentadas en plazo ante la Secretaría de este
Juzgado contra el acusado en Diligencias
previas/Procedimiento Abreviado 1492/2013, por incorrecta conducta
moral, actos de robo, sabotaje, estafa, falta de subordinación y desorden, y
que son las siguientes:
El Tribunal
Jurado Popular
Defensores
El acusado con el guarda de custodia.
El Secretario relata una por una las
acusaciones presentadas y solicita de los acusadores que suban al estrado conforme sean llamados para
ratificarse.
1.
D. JESUS IRIGARAY AGRAZ y D.
EDUARDO FERRER GARCIA, presentan denuncia por “Evasión fiscal” contra D.
Cornelio porque, estando de guardia en el túnel de Bielsa-aragnouet, vieron
pasar en diversas ocasiones al Acusado con una mochila de grandes proporciones,
de la que asomaban billetes de 500 €. Al preguntar al acusado dónde iba, les respondió
que se dirigía a esquiar a Andorra y Suiza, porque en el Valle de Bielsa no
podía practicar el deporte del ski, al que es tan aficionado.
Se ratifica el Sr. Eduardo Ferrer.
2.
2. El SINDICATO DEL MAYO GRAN le acusa de “Tráfico de influencias”, por
haber colocado en la Dirección de la empresa Paradores Nacionales a gran cantidad de amigos suyos, con unos
suculentos sueldos, lo que ha provocado el cierre parcial o definitivo de
varios Paradores, entre ellos el de Bielsa, en el Valle de Pineta.
Se
ratifica, en su nombre, Dª Lourdes Laplana
3.
3. Dª Mª PILAR ESCALONA REQUENO, le denuncia por “Estafa”, ya que el acusado
gastó con cargo a una tarjeta bancaria que ella había perdido, la cantidad de 150
euros, en comprar comida y pañales para sus hijos en un comercio de Bielsa.
Sube al estrado Mª Pilar Escalona, con su bebé (Aimar) en los brazos y se
ratifica rotundamente.
4.
El SINDICATO DE LA CAIXIGAROSA le acusa de que “Dejadez para con sus
vecinos”, porque, así como se ha valido de sus influencias y contactos para que
otros Paradores de la Comunidad Aragonesa tuvieran una solución muy
satisfactoria ante las amenazas de cierre y despidos, no ha hecho lo mismo para
defender los intereses de los trabajadores ni del establecimiento del Parador
de Pineta, que acaba cerrando tres meses, y se despedirán empleados. Se
ratifica en su nombre Dª Lourdes Laplana.
5.
D. ENRIQUE CASASNOVAS BAQUER, manifiesta en este Juzgado que, por varios
indicios observados en sus días de estancia en esta Villa, cree que D. Cornelio
es responsable de la desaparición de 2.000 varas de longaniza, 3.000 varas de
chorizo, 200 chiretas, 50 docenas de huevos y 50 torres de tortetas; ya que
posteriormente le vio envasar lo sustraído en sobres y cerrarlos al vacío. Por
ausencia en la Sala, no se puede ratificar esta denuncia.
6.
D. PABLO EGEA IRIGARAY, vecino de Bielsa, alias “El Cigala”, denuncia
haber visto a Cornelio en varias ocasiones salir de la garita de los cazadores,
también conocida como la “Pedomí”, con los bolsillos rebosantes de chorizos y
otras viandas, comprobando que casualmente tras sus escarceos, las botellas
allí custodiadas quedaban más vacías de la cuenta, lo que a su juicio es
constitutivo de “Abuso de confianza”, por lo menos; y también quiere hacer
constar que le cree culpable de “Gamberrismo” por abrir la puerta del camión
del ganado de Julio de Saravillo para la pasada Feria, ya que se le escaparon 3
hermosas terneras y tuvo gran
sufrimiento por ellas, a más que
anduvo varios días buscándolas sin descanso. Se ratifica, D. Pablo e insiste en
que se valore el gran perjuicio causado por Cornelio.
7.
D. ANTONIO LOBEZ ESCALONA, y otros propietarios de unas burras de capa
gris, a quienes les fueron requisadas por el acusado para el traslado de los artículos
saqueados en el pueblo, denuncian a Cornelio por “Amenazas”, pues se vieron
obligados a trasladar los frutos del saqueo a Madrid con sus propias
caballerías, y, después de descargar la mercancía, se les extraviaron las
burras desorientadas por el gran tráfico que había en la capital, y quieren
también que se averigüe el paradero de las mismas. Claramente el Sr. Antonio,
alias: Toño “Pepa”, se ratifica en su denuncia.
8.
D. FULGENCIO PAÑART GISTAU, natural y vecino de Bielsa, se presentó en
esta Secretaría en el día de ayer pidiendo el divorcio por haber encontrado a
Don Cornelio Zorrilla Carnaval en la cama con su mujer, y le acusa de
“Cooperador necesario en este Adulterio”. Interrumpe la vista una señora que
dice llamarse, Elvira, pretende hacer perdonar dicha conducta, protestando de
inmediato el Defensor, ya que no se trata del denunciante, y solicita a S.Sª
que no se tenga en cuenta su testimonio.
9.
Dª ROSI ESCALONA MARTÍNEZ, de Casa Saludas, acusa a Cornelio Zorrilla de
“Discriminación sexual, religiosa y política” y de “Competencia desleal”,
porque, además de aconsejar a nuestros gobernantes del P.P. sobre lo
conveniente de eliminar las pagas de navidad sólo a los trabajadores y
trabajadoras de lo público, como es su caso; resulta que, dedicándose como
se dedica (entre otras muchas cosas..) al reparto del correo por la villa, con
carácter de monopolio exclusivo, ha visto al tal Cornelio a menudo, con
nocturnidad y alevosía, repartir determinados “sobres trasparentes sospechosos de
contener dinerito” por algunas casas…, ¡y eso no puede ser: o en todas, o en
ninguna….!!. El Sr. Juez justifica la ausencia en la Sala por tratarse de un
“testigo protegido” y da por ratificada la acusación.
10. Los vecinos de PARZAN Y CHISAGÜÉS le
acusan de “Sabotaje” y no tienen a bien que este infecto granuja disfrute de plena libertad, siendo el cabecilla del
descarrilamiento del AVE en el trayecto de ambas ciudades, el pasado Domingo, a
5 de la tarde, que causó gran número de víctimas al ser “hora punta”; pero
nadie ratifica en la vista su denuncia.
11. Dª ISABEL IRIGARAY AGRAZ, personada
en esta Secretaría dice y jura haber visto al estrafalario del Carnaval,
levantar las calles con la excusa de cambiar las tuberías del agua y dejarlas
casi impracticables en el barrio San Martín. Dª Isabel se ratifica
personalmente en los hechos.
12. Los VECINOS DE JAVIERRE quieren poner
de manifiesto que durante los días pasados se ha visto en varias ocasiones
merodear por Javierre a Cornelio Zorrilla y le creen culpable de varias “Desapariciones
misteriosas” que, a continuación, detallan:
·
Adelina
Casasnovas, de Casa Sebero, dice que
una mañana echó de menos su mejor gallina
y todos los huevos, que casi eran una docena.
·
Al
día siguiente a Pilar García, de Casa
Viñola, le desaparecieron dos conejos, los mejores, que guardaba para
carnaval.
·
De
la cuadra del Gilo también echan en
falta: un cordero y un cabrito.
·
De
Casa Ricardo han desaparecido dos
rollos de cable de cobre, y unas longanizas de jabalí.
·
En
Casa Pandero tenían tendida una manta
al sol, y también falta.
·
Y
por último, algunos vieron que Cornelio Zorrilla se metía en la furgoneta de Casa el Santo, pero como el perro dormía
dentro, y además la furgoneta no
arranca, no pudo llevársela.
En nombre
de todos, esta acusación se ratifica pro Dª Adelina Casasnovas.
13. Y, por último, ordena el Sr. Juez a D.
Carlos Ferrer García para que haga lectura de la denuncia que por comparecencia
presentó en el límite del plazo para dar por concluido el trámite de audiencia
a la Acusación Particular, tras lo cual tomará la palabra el Ministerio Fiscal.
D. Carlos,
que no encuentra muy inspirado para
intervenir en el relato de los hechos, autoriza a la Sra. Secretaria del
Ayuntamiento (que redactó el acta de denuncia) para que la lea en su nombre, y
quede luego incorporada literalmente a de la Sesión: “El Sr. CARLOS FERRER GARCÍA, alias
“Carlos de Casacas”, de ignorado estado civil, y rancio abolengo por su
parentesco con la Familia Real (actualmente venida a menos a causa de un tal
Urdangarín), y vecino de Bielsa, COMPARECE, ante la Sra. Juez de Paz titular,
Dª Mª ROSA ESCALONA MARTÍNEZ, pluriempleada
ejemplar, como es bien sabido, quien, asistida por la Sra. Secretaria, Dª
Mª MONTSERRAT ANDRÉS IBÁÑEZ, vecina de Bielsa, de casa “Os Secretarios”
(cheposa recogida en Bielsa junto a su esposo, D. JOAQUÍN IRIGOYEN SIEN, primo
lejano de Casa Raspa), procede a tomarle declaración sobre los hechos que
pretende denunciar, y MANIFIESTA:
Que
tiene fundadas sospechas de que Cornelio Zorrilla, con quien la noche
anterior a los hechos que relatará, tuvo “más que palabras” (por razones que no
vienen a cuento) en la plaza del pueblo, llegando a las manos, le ha causado
la desgracia y grandes males mediante alguna brujería o hechizo.
El asunto es que, tras avistar el vecino D. MANUEL
ARAUZ BERNAD, de Casa “Manoleta”, dos jabalís esa misma noche bajo el Prau de
Pargada, en el Faldotet, se montó al día siguiente un operativo extraordinario
para su captura, y ya imaginaba yo la falsa de mi casa con los chorizos, las
longanizas y los jamones colgando………Así que, estando con FERNANDO SOLANS
CAVERO, de Casa “El Santo” de Javierre”, llega por allí el Sr. ANTONIO ESCALONA
ESTÉVEZ, “Alcalde Mayor” del pueblo (digo “mayor” por lo achacoso que está ya
el pobre..), y dice que ha visto uno por la Costera de Once, así que confiando
en nuestras habilidades nos acercamos a la presa, señalando el fiel “Fran” con
dos ladridos su presencia por la Iglesia de Javierre. Al despertar el animal,
feliz y confiado, viene derecho hacia el caño de mi escopeta, que
misteriosamente (pues no es propio de mí) dispara varias ráfagas sin causarle
daño, teniendo que aguantar la chulería del bicho que me espetó “A ver si te
enteras, Contreras…”, para mayor recochineo general, escuchándose a la vez un
rumor en el aire que decía: “¡¡ya tenemos botella!!”.
Pero no acaba ahí la cosa, ya que el jabalí marchó, y
otros dos disparos se oyeron, “a la altura de Frechín”, o sea, “bajito”, y se
volvió a escuchar: “ya hay otra botella”, lo que obligó al tal JUAN FRECHÍN
FERRER, de casa “Frechín” de Parzán, a desmentir rotundamente tal hecho,
explicando que “él no había sido, que solo estaba paseando con Rajoy y
Cospedal, y disparó por distracción, sin apuntar”.
Para más “inri” el jabalí se encontró con el vecino
JESUS ESCALONA MARTÍN, alias “Claretín”, quien sobresaltado le amenazó de
muerte, a lo que el bicho le respondió que
no le iba a dar el gustazo y que ya se moría él solo.
¡¡…Mira que suerte pa él y que desgracia pa mí…!!, que
ya vi los chorizos correr….
Por todo ello SOLICITO QUE SE CASTIGUE SIN PIEDAD A
MUERTE AL TAL CORNELIO, pues no tiene defensa dejar a toda una familia en la
miseria, ante el crudo invierno que se avecina, sin nada que beber ni que
comer, y tampoco echar mal de ojo a toda una cuadrilla de hombres de bien, cuyo
único vicio conocido es “salir a cazar todo lo que se menea por monte y villa,
de vez en cuando”.
Momentos de tensión, la fuerza actuante expulsa a un testigo mientras el Defensor protesta.
De
todos estos hechos fue fiel testigo Dª ANA IRIGOYEN FERRER, de “Casa Raspa”,
quien, asomada a la ventana, como acostumbra, vio y escuchó todo lo que se ha
relatado, y quien aprovecha la ocasión para advertir al denunciante, que además
es su primo, que “quizás debería llevar al afamado herrero Luis d’el Coixo, a
nivelar y enderezar su escopeta………, por si se le presenta alguna otra ocasión
nocturna.”
S.Sª da por finaliza la intervención
de las acusaciones particulares y concede la venia al
Ministerio Fiscal, cuyo portavoz, Sr. de Mur, escuchadas todas las
denuncias, se afirma y ratifica en todas y cada una de ellas, proponiendo al
Jurado Popular la condena más severa por considerar los hechos de suma gravedad
y no existir atenuantes o eximentes aplicables a su conducta.
El Sr. Juez agradece al Fiscal la
brevedad y concede turno de intervención a la DEFENSA DEL ACUSADO, DON JOSE ANGEL RODRIGUEZ DUESO, alias
“Ibán el terrible”, quien solicita la comparecencia de alguna representante del
Grupo de jóvenes integrantes del “Cuerpo de Baile: As Belsetans”, que
participaron en el concurso de bailes regionales, itinerante por todo el Valle
de Bielsa, y coincidiendo con el acusado, por lo que pueden ofrecerse como “coartada”.
Sube
al estrado la testigo, Dª ANA BELÉN RODRÍGUEZ MORENO, y S.Sª le toma
juramento, prometiendo decir toda la verdad, y solo la verdad, sobre los hechos
que se pretende averiguar en esta causa seguida contra D. Cornelio Zorrilla
Carnabal, y manifiesta que: habiendo
tenido conocimiento del proceso que se iba a seguir contra el susodicho DON
CORNELIO ZORRILLA CARNAVAL, desea en nombre de todo el Cuerpo de Baile, salir
en su defensa pues es de justicia declarar cómo este “reo” se sacrificó por todas
y cada una de ellas, sin separarse del grupo en todos estos días en los que se
dice ocurrieron los hechos, puesto que
nunca tuvo inconveniente en proporcionarnos su gaita cuantas veces fue requerido,
y a plena satisfacción de las concurrentes, lo que les hizo “ganar el concurso
de baile en el que participaron”, y no puede ser acusado injustamente, porque estos
sacrificios fueron hechos con todo desinterés, rogando a los miembros del jurado que no priven al valle de tan necesario instrumento.”
Agradeciendo tan sincero testimonio,
el Abogado Defensor no puede sino insistir en la inocencia de Cornelio, pues
como todo el mundo sabe “no se puede
estar a la vez en misa y repicando” y “a Juan Niegas no lo ahorcan…”
Se concede un “receso” al Jurado para
deliberación, y “tras unos segundos” , los miembros
del Jurado, informan a S. Sª de las propuestas de condena o absolución que
pasan a detallar sus portavoces: D. Angel Egea y D. Jose Lorenzo Gistau:
1.
Por la supuesta “Evasión fiscal”, sin más pruebas que la declaración de
D. Jesús y D. Eduardo, considera el Jurado que siendo tan aficionado a practicar el deporte del ski tenga Cornelio
que buscar otros lugares donde pueda hacerlo con total impunidad, y este Jurado
propone
su absolución.
2. Del delito de “Tráfico de
influencias”, denunciado por el SINDICATO DEL MAYO GRAN, habida cuenta que los
únicos puestos necesarios para que funcione una empresa son realmente sus
Directivos, y éstos han de estar bien remunerados para hacer su difícil labor,
resulta comprensible para este jurado que, aunque
les duela, tengan que despedir a algún
que otro empelado de sus Paradores, ya
que, al menos, no cierran todos. Por tanto se declara a Cornelio “no
culpable” y se propone que sea
absuelto
3. Respecto a la denuncia de “Estafa”, interpuesta por Pilarin,
el acusado ya reconoció, según consta en autos, su acción; y aunque le amparan
las eximentes de “arrepentimiento espontáneo” y “causa de necesidad”, no debió
malgastar 150 Euros pa dar de comer a su prole y le juzgamos culpable.
4. Por “Dejadez para con sus vecinos”, el
SINDICATO DE LA CAIXIGAROSA pretende el escarmiento de D. Cornelio por no sacar
la cara por los trabajadores del Parador de Bielsa, aunque sí lo hizo por otros; y como no es
causa suficiente en su defensa el cansancio producido en dichas negociaciones
ajenas, es grave delito y se pide la pena máxima. Proponemos la pena capital y que sea “muerto por ahorcamiento” en la
plaza pública.
5. Por el “Robo a gran escala y
extorsión a innumerables vecinos del Valle de Bielsa”, siempre y cuando
aparezcan las viandas y bebidas “distraídas” a tiempo para ofrecerlas a
degustación popular en la plaza del pueblo, se propone la liberación del reo para que se ocupe en persona de su elaboración
y reparto este próximo Viernes de Carnaval, y, si no lo hiciere, será condenado a la pena capital y arderá en la
hoguera.
6. De igual forma, por haber aparecido
de forma imprevista y extraordinaria, las burras de capa gris cuya desaparición
había sido denunciada, debe ser
absuelto, al no existir ya ni causa ni objeto de delito.
7. En cuanto a la demanda de divorcio
presentada por Don Fulgencio Pañart Gistau, se propone al Tribunal el Sobreseimiento de la misma, ya que
se trata de un asunto civil que no debe ser atendido en este momento por la
Sala de lo Penal.
8. Propone este Jurado que se le condene a muerte por la
ofensa causada a la Srta. Rosi, de casa Saludas, de Bielsa, que sin paga extra no ha podido disfrutar de los turrones ni otras delicias en navidad, y se ha visto
obligada a mandar a su madre a la cama pronto y sin cenar. Con la doble culpa
de competencia desleal en el reparto de correspondencia, si bien, de ésta
podría quedar absuelto si se reparten de nuevo y de forma equitativa dichos
sobre entre toda la población del Valle.
9. Por el “sabotaje en la vía férrea
Parzán-Chisagüés” con resultado de muerte de muchos inocentes, y “Daños a vial
público” en las Calles de la barriada de Sanmartín”, proponemos su condena a pena de muerte bien sufrida, sin
paliativos.
10. Por la brujería y mal de ojo echado
al vecino de casa Casacas, que afectó a toda su cuadrilla igualmente, aunque no
es constitutiva de delito alguno en tiempos tan modernos, no hay duda que debe
prevenirse al pueblo de cualquier reiteración futura, porque se solicita la
pena de prisión a pan y agua,
para Cornelio, por 20 años y un día.
Toma finalmente la palabra S. Señoría
para DECLARAR SENTENCIA a la vista de los “hechos probados” y las
manifestaciones realizadas en defensa de D. Cornelio Zorrilla Carnabal, habiendo sido leídas las propuestas
del Jurado en presencia del público y sin hallar nuevos delitos en contra, Yo, Angel
Luis Escalona Estévez, Juez de Paz en funciones, ratifico todas las peticiones
del Jurado, y juro por mi honor haber cumplido fielmente con arreglo a la Ley
mi cometido, y ORDENO COLGARLO DURANTE
TRES DÍAS PARA ESCARNIO PÚBLICO EN LA PLAZA DE LA VILLA Y DARLE MUERTE EN LA
HOGUERA AL CUARTO DÍA.
Tras
lo cual, se da por finalizada la vista y firman conmigo la presente Acta, en Bielsa a
siete de febrero de dos mil trece., todos los intervinientes. Da fe, El
Secretario Municipal.
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